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ASAMBLEA APRUEBA PACTO MIGUEL-LEONEL



La Asamblea Revisora acogió este lunes el pacto firmado por el presidente de la República, Leonel Fernández y el presidente del PRD, Miguel Vargas, en cuanto a la composición del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), organismo que estará conformado por 8 miembros, incluyendo la figura del Procurador General de la República.

Con esta decisión el PRD tendrá dos integrantes en dicho Consejo, el senador y el diputado diferente del partido de los presidentes de esos organismos y que ostente la segunda mayoría.

Los asambleístas del PLD y del PRD se pusieron de acuerdo para dejar fuera al PRSC del CNM, por lo que esa organización anunció que someterá un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, por considerar que la aprobación del 151 es nula porque viola los procedimientos que establece el reglamento de la Asamblea y es violatorio a la Ley 70-09, que convoca la necesidad de la reforma constitucional.

La decisión fue adoptada con el voto de 169 a favor y 18 en contra.

El CNM lo preside el Presidente de la República, y en su ausencia lo preside el Vicepresidente de la República, y lo completan el presidente del Senado, un senador que pertenezca al partido diferente al presidente y que ostente la representación de la segunda mayoría; el presidente de la Cámara de Diputados, un diputado (a) que pertenezca al partido o bloque de partido diferente al presidente y que ostente la representación de la segunda mayoría, así como por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, un juez de ese organismo, quien fungirá de secretario, y por el Procurador General de la República.

Asimismo, los asambleístas aprobaron el artículo 152 que establece la función del Consejo Nacional de la Magistratura, que es la de designar los jueces de la Suprema y evaluar su desempeño, y nombrar a los jueces del Tribunal Superior Electoral y a sus suplentes.

También aprobaron el artículo 189, que crea el Tribunal Constitucional, que estará integrado por 13 miembros, que tendrán responsabilidad de garantizar la supremacía de la Constitución, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales. Sus decisiones son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado. Gozará de autonomía administrativa y presupuestaria, indica el texto.


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