FUNCIONARIOS ELECTOS PUEDEN SEGUIR

La Cámara Administrativa de la Junta Central Electoral (JCE) aclaró que de acuerdo a la Ley Electoral corresponde a los funcionarios y empleados públicos tomar licencia en caso de ser candidatos a algún cargo, no así aquellos que han sido electos por el voto popular como síndico, diputado, senador o regidor.
El magistrado José Ángel Aquino González informó que la decisión del tribunal comicial es que una vez se produzca la resolución de admisión de candidaturas, remitirá todos los candidatos y funcionarios electos a la Contraloría General de la República, para verificar si algunos de ellos es funcionario público o municipal, para que quede suspendido en el ejercicio de sus funciones.
Reconoció que la Ley Electoral prevé una serie de disposiciones y violaciones a las propias normas, y que a quien corresponde perseguirlo no es a la Junta, indicando que los delitos electorales con facultad de persecución le corresponden al Ministerio Público.
“Uno de los elementos que estamos solicitando con la Ley de Partidos es precisamente que la Junta Central Electoral tenga más facultades, en este caso de persecución y de sanción, cuando se cometa cualquier tipo de delito electoral”, señaló al ser entrevistado en el programa El Día.
Sin embargo, Aquino González recordó que en el pasado proceso electoral la Junta Central Electoral presentó una propuesta de reglamento de campaña, para que desde tres meses antes de la inauguración del período electoral se prohibieran las inauguraciones públicas y otros actos con la presencia de funcionarios que pudieran prestarse para la realización de campaña electoral.
“Sin embargo, esta disposición fue rechazada, no hubo consenso respecto de la misma y no fue posible aplicarla porque se entendió que tenía que ser una ley que lo consagrara, y por eso se mandó la Ley de Partidos”, indicó.
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